Chihuahua, Mexico
Ah Caray...! Mi saldo de la Afore disminuyó... por qué...?
Primero que nada, debemos conservar la calma y no "apanicarse" (entrar en pánico).
Lo que en los estados de cuenta de las Afores que hemos recibido en los últimos días, observamos que hay una especie de "minusvalía", es decir, los saldos del período son hacia la baja. Negativos.
Para evitar que nuestros trabajadores se preocupen por el ajuste a la baja de sus saldos, hay que mantenerse bien informados.
Banco de México, es la entidad reguladora de las finanzas públicas. La Consar (Comisión Nacional para el Retiro), a su vez ha manifestado que este ajuste se deriva del bache en el que las tasas de interés se han mantenido en los últimos meses, pero que dichos saldos deben recuperarse, conforme las Siefores (Sociedades de fondos de inversion de las Afores), se vayan adaptando a las nuevas circunstancias del mercado financiero y ajusten sus portafolios de inversión.
Para efecto de las Afores, la Consar pide que se visualice el largo plazo. Es decir, más de 5 años. No olvidemos que los fondos de inversión son volátiles. No permanecen constantes, porque están sujetos a las condiciones financieras mundiales. Esperemos que por su parte, Banco de México y el Gobierno Federal empujen el desarrollo del mercado y la inversión productiva, como por ejemplo, que se aprovechen las ventajas que la Ley del Isr contempla para la incentivación del ahorro a largo plazo, a través de exenciones al pago de impuestos. De esta forma, se pueden lograr ahorros y beneficios fiscales para las sociedades de inversión, lo que se traducirá en un mejor rendimiento de los ahorros de los trabajadores.
No hay que olvidar el reto que para nuestra nación significó en su momento el privatizar el fondo de pensiones y por los montos que los trabajadores pensionados recibirán en su momento. En la actualidad se puede anticipar que esa pensión será insuficiente, por lo que se hace necesario que usted, como trabajador en activo, busque incrementar esa pensión. Cómo? Una opción es el ahorro voluntario.
Esperemos que la situación financiera actual se reacomode y que las Siefores tengan la posibilidad de hacer que los ahorros de sus agremiados vuelvan a tener tasas positivas. Esperemos.
Plazos de Presentacion de los Avisos Afiliatorios al Imss - Infonavit
| Tipo de Aviso |
Plazos |
| Alta o reingreso |
5 días hábiles a partir de la fecha del
movimiento.
Ejemplo: Fch alta: 28 feb 2007. 5º
dia habil: 6 marzo 2007 |
| Modificación de salario |
Base fija |
En los 5 días hábiles siguientes a la fecha de
modificación
Ejemplo: Fch modifsal: 28 feb
2007 5º dia habil: 7 mzo 2007 |
| Base variable |
En los primeros 5 días hábiles de los meses nones
Ejemplo: 5º dia habil de noviembre 2007: 07 noviembre |
Base
mixta |
Si se modifica la parte fija, en los 5 días hábiles
siguientes a la fecha de modificación.
Si se modifica la
parte variable, en los primeros 5 días hábiles de los meses
nones |
| Baja |
En los 5 días hábiles siguientes a la fecha del
movimiento.
Ejemplo: Fch baja: 28 feb 2007, el 5º
dia habil es: 7 marzo 2007 |
| Fundamentos: |
Arts. 15 y 34 LSS y 57 del
reglamento. |

El Factor de Integración para el SBC-Imss Infonavit
Una pregunta que se repite continuamente
en los Foros en los que participo, es la forma en que se obtiene el
factor de integración del Salario Base de Cotización (SBC) que se
reporta a los institutos de seguridad social y que sirve de base
para el pago de las cuotas obrero patronales y aportaciones de la
referida seguridad social. El art. 5º LSS y el 29 Linfo, nos señalan que
"...XVIII.- Salario: La retribución que la Ley Federal del Trabajo
define como tal. Para efectos de esta Ley, el salario base de
cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota
diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación,
primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra
cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo,
con excepción de los conceptos previstos en el artículo 27 de la
Ley..."
Como el aguinaldo, vacaciones y prima
vacacional son prestaciones que son conocidas desde el momento en
que contratamos a un trabajador, podemos determinar cual seria la
parte diaria que forma el factor de integración con estos conceptos. Vamos a tomar como ejemplo, las
prestaciones de ley:
a) Aguinaldo = 15 dias / 365 = 0.041
b)
Vacaciones = 6 días * 0.25 = 1.5 días / 365 = 0.0041
c) Salario
diario = 1 Factor de integración = a + b + c = 0.041 +
0.0041 + 1 = 1.0452
Salario cuota diaria = $ 100.00 x
factor de integración = 100 x 1.0452
SBC =
104.52
Recuerden mis amig@s que si las
prestaciones cambian o el trabajador cumple años de antigüedad, el
factor deberá ajustarse. ¿De acuerdo...?


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